Sistema preventivo y de autocontrol de carácter obligatorio en industrias alimentarias (Reglamento CE 852/2004) Los principios en los que se basa son los siguientes:
- Detectar cualquier peligro que deba evitarse, eliminarse o reducirse a niveles aceptables.
- Detectar los puntos de control crítico en la fase o fases en las que el control sea esencial para evitar o eliminar un peligro o reducirlo a niveles aceptables.
- Establecer, en los puntos de control crítico, límites críticos que diferencien la aceptabilidad de la inaceptabilidad para la prevención, eliminación o reducción de los peligros detectados.
- Establecer y aplicar procedimientos de vigilancia efectivos en los puntos de control crítico.
- Establecer medidas correctivas cuando la vigilancia indique que un punto de control crítico no está controlado.
- Establecer procedimientos, que se aplicarán regularmente, para verificar que las medidas contempladas en las letras a a e son eficaces.
- Elaborar documentos y registros en función de la naturaleza y el tamaño de la empresa alimentaria para demostrar la aplicación efectiva de las medidas contempladas en las letras a a f.
QUALIGAL CONSULTORÍA Y ASESORÍA, S.L.N.E., realizaría la implantación de dicho sistema, llevando a cabo los seguimientos necesarios para su correcto funcionamiento, informando de las novedades que le podrían afectar y siempre facilitándole al cliente la gestión del mismo.»